miércoles, 18 de abril de 2012

Datos que hay que suministrar al arrendador para su declaración de IRPF

Posiblemente tu casero te haya pedido, o lo haga en los próximos días, que le entregues un documento para poder elaborar su declaración de la Renta.
Los arrendadores de vivienda han de tributar por los rendimientos obtenidos por el alquiler. No obstante, se pueden aplicar una serie de reducciones (ver art. 23 ley IRPF), de hasta el 100% en el caso de que los inquilinos tengan menos de 30 años de edad (o 35 años si el contrato se firmó antes del 1 de enero de 2011, según disposición transitoria 19ª ley IRPF) y obtengan rendimientos netos de trabajo o de actividades económicas superiores a 7.455,14 euros.
Para que el arrendador pueda aplicarse esta reducción en su declaración de la renta, el inquilino debe entregarle una comunicación (recogida en el art 16 reglamento IRPF) con el siguiente contenido:


- Nombre, apellidos, domicilio fiscal y Número de Identificación Fiscal (NIF) del arrendatario.
- Referencia catastral, o en su defecto, dirección completa, del inmueble arrendado.
- Manifestación de tener una edad comprendida entre los 18 y 30 años durante el año 2011. Si en ese año, cumplió 30, ha de indicar el número de días en los que tenía 29 años.
- Manifestación de haber obtenido durante 2011 unos rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas superiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 7.455,14 euros.
- Fecha y firma del arrendatario.
- Identificación de la persona o entidad destinataria de dicha comunicación.

Para hacerlo un poco más fácil, te ofrecemos un modelo de comunicación que puedes descargar pinchando aquí .

2 comentarios:

  1. Creo que no es correcta su información: "Si en ese año cumplió 31, ha de indicar el número de días en los que tenía 30 años". Debería decir: "Si en ese año cumplió 30, ha de indicar el número de días en los que tenía 29 años". Es lo que me han dicho por teléfono en la AEAT. Por favor, sería útil que lo verificaran. Gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Tienes razón, el arrendatario debe haber cumplido los 18 y no haber cumplido los 30. Lo corregimos inmediatamente. Gracias por tu aportación

      Eliminar